lunes, 5 de abril de 2021

NUEVA MULTA A “MONUMENTAL CALLAO”. MINISTERIO DE CULTURA SANCIONÓ POR SEGUNDA VEZ A FUGAZ POR ALTERACIÓN AL PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN

El Ministerio de Cultura sancionó a la empresa “Fugaz Arte de Convivir” con una multa de 9.25 UIT (equivalente a S/.40,700 nuevos soles aproximadamente) por alteración a la Casa Ronald, inmueble declarado monumento. Según la Resolución Directoral N° 000002-2021-DGDP/MC emitida el 05 de enero del presente año y extrañamente publicado recién el 09 de marzo por el mismo ministerio en el link de su página: Consulta de Sanciones por Infracciones contra el Patrimonio Cultural de la Nación

http://repositorioarchivos.cultura.gob.pe/sancion_file/resolucion/san_770396535.pdf

Haremos una breve revisión del documento.

El articulo 1 y 2 de la resolución indican:

SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- Imponer sanción administrativa de multa de 9.25 UIT contra  la empresa Fugaz Arte de convivir, por la alteración leve al inmueble ubicado en Jr. Constitución N° 246-262 y Calle Independencia N° 247-271, Zona Monumental del Callao, Provincia Constitucional del Callao, declarado Monumento mediante Resolución Suprema N° 2900, de fecha 28 de diciembre de 1972, por la ejecución del pintado de grafitis en el muro lateral derecho exterior, tanque elevado, caja de ascensor (ubicados en la azotea) y del pintado del nombre propagandístico de la empresa Fugaz Arte de Convivir S.A.C; infracción tipificada en el literal e) numeral 49.1 del artículo 49° de la Ley N° 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; estableciéndose que el plazo para cancelar la multa impuesta no podrá exceder de 15 días hábiles, a través del Banco de la Nación2 o la Oficina de Tesorería de este Ministerio.

ARTÍCULO SEGUNDO. - Establecer como medida correctiva, que la administrada revierta a su estado anterior el inmueble ubicado en Jr. Constitución N° 246-262 y Calle Independencia N° 247-271, Zona Monumental del Callao, Provincia Constitucional del Callao. Esta medida deberá ser ejecutada por la administrada, bajo su propio costo, ciñéndose a las especificaciones técnicas que el órgano técnico disponga, debiendo para ello solicitar, de manera previa, la opinión técnica, supervisión y autorización de dicha Dirección



Figura 1: Páginas 1 y 17 de la Resolución Directoral

Esta Resolución Directoral es importante por varias razones:

1.       1. Expresa claramente que no tiene sustento las respuestas dadas por la empresa FUGAZ de no admitir responsabilidades.

2.       2. El Ministerio de Cultura reconoce en este documento que los grafitis y/o murales pueden alterar el patrimonio cultural inmueble.

“Al respecto de lo señalado por la administrada, debemos indicar que, el literal e) del numeral 49.1 del Art. 49° de la LGPCN señala: “Multa a quien promueva y realice excavaciones en sitios arqueológicos o cementerios, o altere bienes inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación sin tener la autorización correspondiente del Instituto Nacional de Cultura o la certificación que descarte la condición de bien cultural, sin perjuicio del decomiso de los instrumentos, medios de cargo y transporte utilizados”

Y agrega…

“Asimismo, se debe tener en cuenta que la infracción imputada a la administrada, sin contar con la autorización de este ente rector, vulnera el numeral 22.1 del Art. 22° de la Ley General de Patrimonio Cultural de la Nación, que establece que toda intervención en un bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nación, requiere de la autorización del Ministerio de Cultura”.



 Figura 2. Afectación a uno de los muros laterales de la Casa Ronald, inmueble declarado monumento y bien integrante del patrimonio cultural de la nación. 

Foto: Archivo personal.

1.       3. Les recuerda su reincidencia

 4. Reconoce la Norma A140 que indica que la intervención realizada es una alteración al patrimonio.

“…Al respecto, tenemos que, la administrada interpreta erróneamente el Art. 24, inciso C, de la Norma A.140 del Reglamento Nacional de Edificaciones y manifiesta que el pintado de la fachada no es alteración porque es reversible o no afecta la estructura o accesorios originales del inmueble, olvidando que estos aspectos facticos de la alteración son elementos que sirven para determinar su gravedad o levedad y no para determinar su existencia o inexistencia, puesto que la alteración existe de hecho al haberse realizado el pintado de grafitis y nombre de la administrada, en el muro lateral derecho exterior del inmueble monumento, tanque elevado y caja de ascensor (ubicados en la azotea);..”

3.       También deja claro que no han podido demostrar (cuantificar o calificar técnicamente) que la conservación de murales o grafitis en inmuebles declarados patrimonio cultural y la llamada” Ruta del Grafiti” deberían ser conservados por existir un interés público, la resolución indica que no hay elementos de juicio suficientes (presentaron 16 cartas a favor de los grafitis que no representarían una opinión mayoritaria de la zona monumental del Callao)

 Además, la resolución señala:

“Asimismo, se debe tener en cuenta la contraposición entre el pretendido interés público de la conservación de dichos grafitis y la finalidad del ordenamiento jurídico, ante el cual colisiona toda alteración no autorizada por el Ministerio de Cultura, de un inmueble declarado Patrimonio Cultural de la Nación, ordenamiento jurídico que también persigue el interés público en la conservación de los elementos visuales de estos inmuebles cuyo valor cultural fue considerado para su declaración como patrimonio cultural de la nación;”

4.       También es importante resaltar la valoración del bien cultural por la DDC Callao que detalla y describe los valores estéticos, históricos, científicos, sociales y urbanísticos que consideran a la Casa Ronald como un monumento relevante “... al ser uno de los edificios más representativos y constituir un hito para la población chalaca…”

 

5.       5. La resolución indica que la alteración al monumento es leve y reversible. Deja claro que existe una alteracion causado a un bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nación.



Figura 3. Intervención sin permiso en la azotea de la Casa Ronald también considerada dentro de la sanción impuesta.

Foto: Archivo personal

6. Es inobjetable la importancia de esta segunda multa a una empresa que ha dañado a todas luces el patrimonio cultural chalaco, pero algo que resulta en cierta manera interesante son los indicadores y valores  que se obtienen para la aplicar la multa donde se indica las conductas incurridas por la empresa.

Tómese su tiempo para leerla.

 

 

INDICADORES IDENTIFICADOS

PORCENTAJE

Factor A:

Reincidencia

Reincidencia

15%

 

 

Factor B:

Circunstancias de la comisión de la infracción

-   Engaño o encubrimiento de hechos.

-   Obstaculizar de cualquier modo el desarrollo del procedimiento administrativo sancionador y sus actos previos.

-   Cometer la infracción para ejecutar u ocultar otra infracción.

-   Ejecutar maniobras dilatorias en el desarrollo del procedimiento administrativo

sancionador.

 

-

 

-

-

Factor C:

Beneficio

Beneficio: directo obtenido por el infractor por los actos que produjeron la infracción.

-

Factor D:

Intencionalidad en la conducta del infractor

- Negligente: Descuido, falta de diligencia o impericia.

 

3.5%

FÓRMULA

Suma de Factores A+B+C+D= X%

18.5 % de 50 UIT = 9.25 UIT

 Por todas estas consideraciones, se impone una sanción administrativa de multa ascendente a 9.25 UIT (Unidad Impositiva Tributaria);





Figura 4. Si bien la sanción indica que la alteración se ve a mas de una cuadra, en realidad se ve dese mas lejos.

Foto: Archivo personal

A todo esto…

1.       ¿Porque el Ministerio de Cultura publica la Resolución Directoral el 09/03/2021 cuando este documento fue emitido el 05/01/2021? ¿Qué razones o intereses habría para tamaña demora?

2.       ¿Ambas multas ya fueron pagadas?

3.       Esta Resolución Directoral deja claro que los grafitis son una intervención y por lo tanto requieren una autorización en conformidad de acuerdo al artículo 22 de la ley 28296 de patrimonio cultural.

4.       Si el Ministerio de Cultura está reconociendo que las intervenciones de la empresa Fugaz son alteraciones y daños a los bienes integrantes del patrimonio cultural como queda la opinión favorable emitida el año pasado a Fugaz para su evento “ONE VOICE-El cambio está en la unión”, queda claro que esta opinión va contra toda normativa nacional e internacional. Además, hay que adicionar que este evento era temporal y aún se mantienen sus pinturas en los muros de edificios declarados patrimonio cultural. La opinión favorable emitida de manera cuestionable, pretende reemplazar una autorización que debería darse conforme a la Ley 28296 articulo 22, no se puede dar una opinión se tiene que dar una autorización.

5.       Esta resolución deja claro que las “obras artísticas” hechas por FUGAZ en el Centro Histórico son ilegales por las razones que la misma expone.

6.       Es evidente y cuestionable, las contradicciones en las que cae el Ministerio de Cultura, donde ellos mismos se desautorizan.

7.       Porque el Gobierno Regional del Callao apoya y avala a una empresa que ha demostrado su poco interés y solo ha provocado daño al patrimonio cultural, la reciente multa confirma todo lo dicho por colectivos y organizaciones a través de los medios.

8.       El PERTUR debe evaluar con cuidado la elaboración del Inventario de Recursos Turísticos ya que un recurso cultural o natural con cuestionamientos, multas o sanciones por daños, no puede ser considerado recurso o atractivo turístico por lo que recomendamos conversar con la empresa sancionada y el MINCETUR para no caer en errores.

 

El tema da para más…

 



 

domingo, 7 de marzo de 2021

BARRIO DE CHUCUITO, cultura y naturaleza en su momento crucial.

Chucuito es un importante barrio del Centro Histórico del Callao y  de la Provincia Constitucional del Callao, sobre sus orígenes se sabe que existió aquí un caserío de pescadores llamado “Piti Piti”, finalmente en la época republicana esta zona recibe y acoge a migrantes italianos dedicados en su mayoría a la pesca y quienes fundarían un barrio con características e identidad únicas,  con el transcurso del tiempo esta zona no solo formaría parte de la historia de nuestro país, también de la historia marítima y comercial del Callao.

Para hacerlo más sencillo su ubicación el barrio se encuentra citado entre la fortaleza del Real Felipe y la Plaza José Gálvez donde se inicia La Punta.



Inmueble ubicado en la esquina de Gamarrita y Titicaca /  Categoría: Monumento /

 Arquitectura: Civil Doméstica / Base Legal: RJ 497 28/08/1988

Foto Archivo: callaocentrohistorico.com

Chucuito es o era un barrio de pescadores, donde se ha combinado ecología, etnias, la pesca y vecindario, lo que le da una cualidad interesante que se refleja en su calles, arquitectura y detalles que aun descubrimos en sus pobladores. Aquí ocurrieron hechos históricos, fue y es sede de colegios emblemáticos como San José de Cluny o el 02 de mayo. Chucuito participó en hechos importantes de la historia del Perú. Hablar de este barrio es hablar de costumbres, familias, gastronomía e historia. Sin embargo, Chucuito enfrenta  problemas que ponen en riego esa mixtura originada por dos elementos  como son el mar y su cultura y es que gracias a ellos parte de Chucuito fue declarada patrimonio cultural de la Nación y forma parte del Centro  Histórico del Callao, actualmente sus orillas o área de playa se encuentran afectadas y en grave riesgo de desaparecer y poner en jaque las construcciones ubicadas en sus orillas, todo esto debido a las obras de ampliación del puerto del Callao, sabemos que Chucuito esta tomando acciones  para evitar que este desastre ecológico y social no continúe.



Categoría: Ambiente Urbano Monumental / Dirección: Gamarra cuadras 2, 3 y 4 / 

Base Legal: RJ 159 22/03/1990

Foto Archivo: callaocentrohistorico.com

Sin embargo, otro problema que se presenta en la zona es el referente a su patrimonio cultural, uno de los atractivos culturales y turísticos más importantes que tiene la zona, por lo que muchos visitantes concurren a esta zona además de sus playas y la espectacular vista que ofrece de la bahía del Callao.


 Colegio Dos  de Mayo

Categoría: Inmueble de Valor Monumental / Arquitectura: Civil Doméstica / 

Base Legal: RV 158-2018-VMPCIC/MC

Foto Archivo: callaocentrohistorico.com

En los últimos años Chucuito se convirtió en victima de las autoridades ya que sufrió cambios e intervenciones inadecuadas en zonas emblemáticas como la Plaza Santa Rosa o intervenciones inadecuadas en sus fachadas sin ningún tratamiento previo por citar los más significativos. Actualmente el patrimonio cultural de Chucuito ha sufrido una serie de alteraciones que incluye modificación y destrucción del mismo.



Casas declaradas  patrimonio con la numeración Calle Nueva 158 y 170

Categoría: Monumento / Arquitectura: Civil Doméstica / Base Legal: RJ 497 28/08/1988

Foto Archivo: callaocentrohistorico.com

Primero sería interesante precisar algunos puntos:

Chucuito forma parte de la Zona Monumental del Callao conocida como Centro Histórico del Callao según RS 159 del 22/03/1990 según INC – Instituto Nacional de Cultura (actual Ministerio de Cultura) y cubre el perímetro formado por Estados Unidos, Gamarra y Roca y cubre un total de 7 manzanas.

De acuerdo a Ley encontramos diferentes categorías de patrimonio

15 Inmuebles declarados monumentos

15 Ambientes Urbano Monumentales

01 Inmueble de Valor Monumental



Esquina de de la Avenida Gamarra con Calle Nueva, uno de  los monumentos más importantes del Barrio y que ahora se encuentra seriamente afectado. ¿Se logrará recuperar? 

Categoría: Monumento / Arquitectura: Civil Doméstica / Base Legal: RJ 497 28/08/1988

Foto Archivo: callaocentrohistorico.com




¿Quién no ha pasado por aquí? Sin duda un lugar tradicional de Chucuito, pero que ha sufrido una ligera modificación que no debió ocurrir. Esperemos que la DDC Callao lo tenga mapeado.

Categoría: Ambiente Urbano Monumental / Dirección: La Ribera cuadras 4, 5 y 6 / 

Base Legal: RJ 159 22/03/1990

Foto Archivo: callaocentrohistorico.com

Esto nos permite ver la riqueza patrimonial de la zona, consideramos que la zona de Chucuito también debería ser declarado Sitio Histórico de Batalla sería interesante que sus ciudadanos impulsen esta denominación.

Dicho esto, debemos señalar que varios inmuebles integrantes del patrimonio cultural de la nación ubicados en esta zona han sufrido afectaciones. Es importante mencionar que de acuerdo al Marco Legal de Protección del Patrimonio Cultural en su artículo 5 señala:

-          “Los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación independientemente de su condición privada o pública están protegidos por el Estado...”

-          “El Estado, los titulares de derechos sobre bienes integrantes del patrimonio cultural de la Nación y la ciudadanía en general tienen la responsabilidad común de cumplir y vigilar el debido cumplimiento del régimen legal en la presente ley.”

Además, este marco Legal en el artículo 20 señala las restricciones a la propiedad donde menciona que no deben hacer los propietarios como alterar, desmembrar, reconstruir o restaurar sin autorización previa. El artículo 21 detalla las obligaciones de los propietarios.



Sin duda esta es una de las casas más  bonitas y tradicionales  de la zona, en la foto antigua se ve que uno de sus inmuebles vecinos se ha destruido. Es importante  tener en cuenta que prácticamente  los alrededores de toda la manzana esta declarada AUM (ambiente urbano monumental) y merece ser conservada.

Categoría: Ambiente Urbano Monumental / Dirección: La Ribera cuadras 4, 5 y 6 / 

Base Legal: RJ 159 22/03/1990

Foto Archivo: callaocentrohistorico.com

Creemos necesario e importante mencionar el marco legal para que podamos entender que todo cambio o modificación debe ser consultado a la autoridad competente, en este caso a la Dirección Desconcentrada de Cultura del Callao – DDC Callao.

A continuación publicaremos  imagenes de algunos inmuebles ubicados dentro de la zona declarada patrimonio cultural y la categoría que le asigna el Ministerio de Cultura. Es importante mencionar que la Dirección Desconcentrada de Cultura debe actualizar las direcciones.

Las fotos mostradas aquí son de archivo y algunas recientes que nos permitirán darnos una idea del estado del patrimonio. Se debe tener en cuenta que algunas de las casas indicadas en esta publicación no solo son monumentos tambien estan incluídas dentro de la categoría AUM (ambiente urbano monumental) ademas de formar parte de la Zona Monumental del Centro Histórico del Callao.





Aqui el daño es evidente sobretodo por el tipo de intervención. Sería interesante saber que acciones realizó la DDC Callao.

Categoría: Ambiente Urbano Monumental / Dirección: Titicaca cuadras 1, 2 y 3 / 

Base Legal: RJ 159 22/03/1990

Foto Archivo: callaocentrohistorico.com



Plaza Santa Rosa.

Sin duda nunca debió ser tocada, definitivamente se saco de contexto su valor.

Categoría: Ambiente Urbano Monumental / Nombre: Plaza Santa Rosa

Base Legal: RJ 159 22/03/1990

Foto Archivo: callaocentrohistorico.com

Es importante tener en cuenta que el patrimonio cultural es la materia prima del turismo, sea local, nacional e internacional. Chucuito tiene la ventaja de ofrecer un atractivo turístico mixto donde combina cultura y naturaleza, es importante tener en cuenta que sus habitantes están en una cruzada por defender su patrimonio natural, también es vital que tomen conciencia sobre la protección de su patrimonio, memoria e identidad y de la importancia que tiene para su desarrollo local. Sobre todo, porque gracias al cuidado de su patrimonio cultural y natural se genera el desarrollo de actividades como el turismo lo que a su vez permite crear otros tipos de negocio, como restaurantes, bares, bodegas, hotelería, venta de artesanía, paseos en bote y otras actividades, etc. Pero sobre todo empleo.





jueves, 11 de febrero de 2021

Destrucción de otro monumento en el Centro histórico del Callao. Ahora en el barrio de Chucuito.


El barrio de Chucuito es un lugar tradicional del Callao y forma parte de su centro histórico. Es importante mencionar su intervención en la historia  del Callao y que lo encontramos en su histórica plaza Santa Rosa. Debemos destacar su importancia en la historia industrial, comercial y educativa del Callao, no en vano importantes empresas funcionaron aquí, y a nivel educativo solo basta mencionar al Colegio 2 de Mayo.


Sus edificaciones datan de la época repúblicana y algunas de ellas  tienen declaratoria de monumento y otras forman parte integrante del patrimonio cultural de la nación, además de formar parte de la zona monumental del Callao.


En redes sociales denunciamos en el 2018.  el grave riesgo que sufría una importante edificación declarada monumento y que estaba siendo destruida de manera sistemática, actualmente el daño ocasionado podría ser considerado irreversible. Es lamentable que a pesar de las denuncias en diferentes redes sociales y también por personas preocupadas por  el patrimonio cultural chalaco, no ha existido a la fecha una respuesta de las autoridades.




Figura 1: Año 2021 (Archivo personal).


Figura 2: Año 2017 (Archivo personal).


Figura 3: Año 2008 (Archivo personal).

Figura 4: Año 1920
 (Fuente: http://unalimaquesefue.blogspot.com/).


Aquí compartimos una de nuestras publicaciones :


https://www.callaocentrohistorico.com/2018/07/chucuito-destruccion-de-edificio.html



Como mencionamos la casa ubicada en la Av. Gamara 268 Chucuito, es un inmueble declarado monumento y data de inicios del siglo XX, epoca en que el balneario de la Punta se puso de moda y fue bastante concurrido por las clases acomododas, al parecer el uso de esta casa fue como vivienda. Sin embargo posteriormente, aqui funcionó hace algunos años la "Respetable Logia Simbólica George Washingtron N°178 del valle de Chucuito" una de las sedes de los masones y que aparece con la dirección Agustin Gamarra 268, Chucuito. Al parecer fue el ultimo uso que tuvo este inmueble ya que posteriormente quedo abandonado.


La casa ha tenido una destrucción sistemática y como suele ocurrir la destrucción empieza desde el interior y luego en el exterior. Su fachada, quizá lo mas deslumbrante de esta casa, se encuentra muy afectada, aún mantiene parte de su estucado..aplicaciones en vidrio y mayolicas, la parte interior ha sido totalmente destruido, la casa contaba con sotano que tambien se encuentra destruido.




Figura 5:  Ingreso al inmueble (archivo personal)


Figura 6: El inmueble se ubica exactamente al costado
 del histórico colegio "2 de Mayo" del Callao (archivo personal)



Figura 7: Parte de los acabados y estucados han sido destruídos.
(archivo personal)


Figura 8: El interior se encuentra destruído.(archivo personal)


Figura 9: El interior se encuentra destruido incluido el 
sótano (archivo personal)


Figura 10: Detalle en el interior (archivo personal)


Figura 11: Muros al descubierto. (archivo personal)

Figura 12: Destrucción , en el interior se encuentran destruidos y dispersos  gran 
parte de los estucados y altos relieves  de la fachada (archivo personal).


Figura 12: Imágen de una parte del ingreso (archivo personal)


Don Hermilio Vega dice que “el Callao se debe al mar”, no le falta razón y es que desde épocas prehispánicas y luego posteriores; el desarrollo económico, social, su trama urbana y su arquitectura ha sido definida de alguna forma por el mar.  Y Chucuito no es la excepción, aunque en la actualidad el uso inadecuado de este importante recurso ha puesto en grave riesgo el litoral de Chucuito que está a punto de desaparecer y afectará parte de las actividades comerciales del barrio, dependientes de este importante recurso como el turismo, negocios de restaurantes, pesca y patrimonio cultural. etc. Además de las instituciones  que acoge como el IMARPE y que podría poner en riesgo la edificación. Pero quiza lo mas importante: la eminente desaparción de su playa y que ya se puede apreciar.


Son muchos  factores que afectan este importante barrio del Callao, donde es importante que las autoridades intervengan de manera urgente ya que sus antecesores no sólo han ignorado los problemas de la zona , también han contribuído a su mayor deterioro.