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miércoles, 13 de septiembre de 2023

Los efectos de los Fenómenos Naturales sobre el patrimonio cultural chalaco y el posible colapso de la Bóveda de la Iglesia más antigua existente en el Centro Histórico del Callao

Agosto sin duda ha sido un mes sin duda muy importante para el patrimonio cultural del Callao, el trabajo que viene desempeñando  el equipo de la Municipalidad Provincial del Callao junto con la Dirección Desconcentrada de Cultura del Callao en la ciudad puerto sin duda marca un antes y un después en la protección del patrimonio cultural chalaco, el cual  comentaremos en otra nota.

Sin embargo las condiciones del clima y fenómenos atmosféricos no dan tregua. No es novedad como el clima viene cambiando a nivel mundial, además de otros fenómenos naturales al que nuestro país está expuesto. Desde un sismo, un fuerte oleaje o una lluvia han demostrado los daños que pueden causar a la vida humana y al patrimonio cultural de un país. Hablar del impacto que un fenómeno de la naturaleza puede causar en zonas culturales o turísticas  es bastante amplio, por lo que lo resumimos  a 02 palabras: Impacto negativo.



Imagen 1: Bóveda, se puede apreciar claramente la cobertura de la misma colapsada y dejando expuesta material frente a la fuerte llovizna. 
Foto : Andrés Hummel

La pregunta sería: ¿El Callao está preparado para para proteger o aminorar el impacto destructivo de los fenómenos naturales sobre el patrimonio cultural?

Incluso podríamos mencionar incluso cuando el hombre altera un medio natural y como la misma naturaleza puede también alterar su propio entorno. Ejemplo: La franja costera de Chucuito y La Punta.

Otros ejemplos como el Muelle y Dársena que se ve afectado por oleaje anómalo constante, incluso el mismo Paseos de Anclas donde algunas datan de la época virreinal.

Sin embargo no es novedad que estamos a puertas de un Fenómeno del Niño Global  y sabemos lo que eso significa para el país. El Callao no es indiferente a este fenómeno ya que sabemos cómo es el impacto que podría tener en nuestra ciudad puerto.

Es importante tener en cuenta y estar informados sobre la prevención que tomaran las autoridades chalacas frente a lo que se viene anunciando ya no solo el centro histórico también nuestros restos arqueológicos se verán afectados, y resulta aún más preocupante porque gran parte de este patrimonio está habitado o es usado por los chalacos. Donde incluso la vida humana se puede ver afectada.


Imagen 2:  Torre y campanario en situación similar a la bóveda.
Foto : Andrés Hummel


Dejamos esta nota  a modo de reflexión, ya que en estos días el clima chalaco viene haciendo de las suyas como hemos podido ver lo ocurrido ayer y hoy 13 de setiembre en las obras de recuperación que se vienen haciendo en la Plaza Grau o en el borde del barrio de Chucuito.

De igual forma deseamos manifestar nuestra preocupación por la situación actual  de la iglesia más antigua  existente del centro histórico: La Capilla de Nuestra Señora de Guadalupe que data de las primeras décadas del siglo XIX, fundada por el franciscano Fray José Ramón Rojas más conocido como le Padre Guatemala, un religioso muy querido en el Callao.



Imagen 3: Campana, quizás una de las mas antiguas del Centro Histórico del Callao.
Foto : Andrés Hummel.

Como todos saben en los últimos días una persistente llovizna viene cayendo sobre el Callao según los pronósticos debe acabar mañana. Nuestra página ha denunciado durante años el mal estado de la Capilla en especial de su Bóveda que presenta serios daños y que incluso puede poner en riesgo la estructura y la vida de las personas, además ha soportado el tiempo y las lloviznas que han caído sobre el Callao haciéndola más vulnerable.




Imagen  4. Linternilla 
Foto : Andrés Hummel


Hemos tenido acceso a imágenes de hace un par de semanas del estado de la bóveda de la Capilla de Guadalupe, donde podemos ver claramente el colapso de parte de la cobertura del  techo de la bóveda dejándola expuesta. Además de las rajaduras que presenta en el interior. Imaginemos la cantidad de llovizna que ha caído sobre la ciudad puerto estos días y lo que puede haber causado a la iglesia más antigua existente en el Centro Histórico del Callao. De continuar las lloviznas en los siguientes días o una fuerte lluvia en los próximos meses por El Niño o mucho peor un sismo sería gravísimo en las condiciones que se encuentra el templo que ya ha soportado varios sismos en el siglo pasado.



Imagen 5: Parte interior de la bóveda, se puede apreciar las rajaduras, es importante mencionar que esta iglesia tuvo un mantenimiento en la parte interior pero no se soluciono la parte externa de la bóveda.  ¿Sería importante saber quién autorizo y que criterios fueron utilizados?
Foto : Andrés Hummel

Es importante la intervención de la Municipalidad Provincial del Callao y el apoyo técnico de la Dirección Desconcentrada de Cultura. De lo contrario lamentaremos la desaparición de una de las iglesias más tradicionales del Callao.

A continuación colocamos algunas de las publicaciones que presentamos en su momento sobre el estado de la capilla y solicitábamos el rescate y recuperación del mismo.

 

https://www.callaocentrohistorico.com/2011/07/boveda-de-la-capilla-de-nuestra-senora.html

 

https://www.callaocentrohistorico.com/2011/06/retiran-campanario-de-la-capilla-de.html

 

https://www.callaocentrohistorico.com/2008/07/nuestra-seora-de-guadalupe-parte-2.html




miércoles, 9 de agosto de 2023

UN DECRETO LEY QUE DAÑA GRAVEMENTE EL CENTRO HISTÓRICO DEL CALLAO

 En las últimas semanas se vienen construyendo 02 edificaciones en el Centro Histórico del Callao, lo preocupante es que se encuentran en zona declarada patrimonio cultural de la nación y que además forman parte del entorno de la Fortaleza Real Felipe que recientemente se ha incluido en la Lista Indicativa del Patrimonio Cultural de la Humanidad.

Pero no solo es el impacto en el paisaje cultural y natural del centro histórico chalaco que como sabemos es de naturaleza mixta ya que es una ciudad puerto y tiene como límite natural el Océano Pacífico.


                Figura 1.  Edificio que se viene construyendo a espaldas del edificio de la Capitania Gardacostas
 Marítima  del Callao


Figura 2.  La costrucción  viene afectando mas el entorno de la Fortaleza del Real Felipe

La primera construcción un edificio de más de 3 pisos al costado de La Capitanía Guardacostas Marítima del Callao; el segundo es un embarcadero artesanal y un terraplén en la playa ubicada al costado del antiguo Astillero Maggiolo.

Lo primero que uno se pregunta es si cuentan con los permisos correspondientes por parte de la Municipalidad Provincial del Callao a través de su Programa de Recuperación en Sitios Arqueológicos y Monumentales del Callao – PROGRESAMOS CALLAO y de la Dirección Desconcentrada de Cultura del Callao. Es curioso que no hayan detenido estas obras o al menos pronunciado al respecto. 



Foto 3. Polémica costrucción en una de las 02 playas que tiene nuestro Centro Histórico.




Foto 4. Esta construcción que será más grande le quita playa a los ciudadanos chalacos.
 Se ha pensado solo en el interés del privado, por que no beneficia a la ciudadanía.

Por otro lado, pocos saben que existe El Decreto Legislativo N° 1147. Su nombre “Decreto Legislativo que regula el fortalecimiento de las Fuerzas Armadas en las competencia de la Autoridad Marítima Nacional – Dirección General de Capitanías y Guardacostas”. Fecha de publicación: 11-12-2012.



Foto 5. La Playa es el limite natural del Centro Histórico del Callao.



Foto 6. Estas afectaciones al patrimonio son aun reversibles, esperamos que las autoridades 
pertinentes tomen acción.


Compartiremos algunos textos de esta ley y que causa preocupación por el estado en el que nuestro patrimonio chalaco puede estar expuesto y también preguntarnos cual es el papel que desempeñan nuestras autoridades responsables del patrimonio cultural frente a esta problemática.

Articulo 1.- Objeto

El presente Decreto Legislativo tiene por objeto el fortalecimiento de las Fuerzas Armadas en las competencia de la Autoridad Marítima Nacional – Dirección general de Capitanías y Guardacostas, sobre la administración  de áreas acuáticas, las actividades que se realizan en el medio acuático, las naves, artefactos navales, instalaciones acuáticas, y embarcaciones en general, las operaciones que estas realizan  y los servicios que en el mar, ríos prestan o reciben, con el fin de velar por la seguridad de la vida humana  en el mar, ríos y lagos navegables, la protección del medio ambiente acuático y reprimir las actividades ilícitas en el ámbito de su jurisdicción, en cumplimiento de las normas nacionales e instrumentos internacionales de los que el Perú es parte.

Su bien el objeto de esta ley es bastante amplio. En el caso de las funciones de la Autoridad Marítima Nacional según su reglamento pueden autorizar la construcciones de instalaciones acuáticas, nos preguntamos si se coordinan con la DDC Callao, el Ministerio de Cultura y con la Municipalidad Provincial del Callao para las licencias y permisos correspondientes de obras en la línea de playa.




Foto 7. Una Ley que debe ser revisada.

Consideramos que no es adeduada la construcción de un embarcadero artesanal y un terraplén en una playa formada recientemente de manera casi natural y que es uno de los pocos espacios de playa del Cercado del Callao. Nos preguntamos si los señores de La Marina toman en cuenta a la comunidad, a las autoridades responsables y sobre todo las leyes de protección del patrimonio dadas por el estado, que es el mismo que les otorgó su ley en cuestión. 

Lo increíble es que no se ha considerado en la importancia que remite la inclusión de la Fortaleza del Real Felipe en la Lista Indicativa de la UNESCO donde se espera sea declarado Patrimonio Cultural de la Humanidad y sobretodo lo que esta significa para la Región Callao en varios aspectos.

Como saben la función de la fortaleza era proteger al puerto del Callao de corsarios, piratas y cualquier enemigo del virreinato que ataque la costa chalaca. La fortaleza ha perdido su vista privilegiada al mar con la construcción de elementos alrededor y frente a ella. La única vista al mar que aún se mantiene en parte es el lado que da hacia la avenida Gamarra. En su primer discurso la autoridad municipal indicó que convertiría al Callao en un destino turístico y si no nos equivocamos hizo la comparación con Cartagena en Colombia.

Sumado a esto es alarmante la construcción de un edificio de más de 3 pisos al costado de La Capitanía Guardacostas Marítima del Callao, a toda vista un elemento intrusivo en una zona monumental y peor aún en el entorno de la Fortaleza. No se ha respetado en absoluto el paisaje cultural. Entonces nos preguntamos ¿Cuál es el criterio de La Marina? ¿Con quienes coordina?



Foto 8.  La ley dice que la Autoridad Maritima Nacional, tiene entre sus funciones  velar por la seguridad humana...; proteger el medio ambiente acuatico y reprimir las actividades ilicitas en el ambito de su jurisdicción. 
Entonces ¿Qué pasó con Chucuito?

Ahora el objeto de esta ley menciona “velar por la seguridad de la vida humana”, “la protección del medio ambiente y reprimir las actividades ilícitas en el ámbito de su jurisdicción”, entonces nos preguntamos ¿Qué paso con la playa de Chucuito? El impacto ocasionado a su playa y su zona urbana es evidente ¿Qué acciones vienen tomando a la fecha? Nos preguntamos si la ampliación del puerto del Callao cuenta con los debidos estudios de Impacto Ambiental considerando el posible daño que ha causado a la línea de playa del Centro Histórico del Callao y que ha impactado negativamente en las actividades económicas, pesqueras y turísticas de esta parte del Callao sin mencionar los maretazos ocurridos en la zona con un posible riesgo de la vida humana afectando incluso sus hogares.



Foto 9. El caso del Barrio de Chucuito  tiene años y el problema sigue en aumento. 

Respecto al ámbito de aplicación es aun más preocupante la intervención de la Marina, es su artículo 2 señala:

Los terrenos ribereños hasta los cincuenta (50) metros medidos a partir de la línea de más alta marea del mar y las riberas hasta la líneas de más alta crecida ordinaria en las márgenes de los ríos y lagos navegables.

Se indica que el alcance de la “administración” de la Marina son cincuenta metros en terrenos ribereños, causa preocupación porque vemos un vacío para el caso de centros históricos con franja marítima ya que no vemos que precise o mencione coordinaciones con los organismos competentes. Frente a lo que viene pasando en la playa del Cercado del Callao y que es limite natural del Centro Histórico del Callao ¿Existe coordinación con ellos?

En el Reglamento de la ley: Subcapítulo V, artículo 707 habla sobre la autorización de Instalaciones Acuáticas e indica que pueden autorizar la construcción:

“Corresponde a la Autoridad Marítima Nacional autorizar la construcción, modificación y operaciones de instalaciones acuáticas, en áreas cuyo uso haya sido otorgado, sin perjuicio de los permisos que debe obtener el administrado por otra parte de las autoridades competentes. En la misma Resolución Directoral del otorgamiento de derecho de uso de área acuática se concede la autorización correspondiente”

Como dice este texto “sin perjuicio de los permisos que debe obtener el administrado por partes de las autoridades competentes”. Entonces la pregunta es: ¿Habrán coordinado con la Dirección Desconcentrada de Cultura y La Municipalidad del Callao?. Cualquier profesional o institución preocupada por su patrimonio no lo hubiera autorizado teniendo en cuenta toda la legislación existente. 



Foto 10. La recuperación del entorno de la Fortaleza del Real Felipe es importante  para su declaratoria como Patrimonio Cultural de La Humanidad, es urgente que se tomen medidas frente a las edificaciones que se vienen construyendo frente al monumento.


El Decreto Legislativo N° 1147 al parecer tiene un impacto negativo sobre la ciudad puerto del Callao y su centro histórico. Sería interesante conocer el papel de las autoridades frente a esta situación y sobre todo la opinión de las instituciones y colegios profesionales vinculados al tema.

Es importante mencionar la legislación existente respecto a playas, patrimonio cultural, espacios públicos, medio ambiente. Resulta alarmante como este Decreto Ley se impone sobre ellas. Además, se le otorga facultades a la Marina que incluso no le corresponde.

Aparentemente “el embarcadero artesanal y terraplén” según la empresa a la que se ha otorgado el permiso será para “instrucción acuática”.  Y estamos seguro que esta empresa debe de saber que la zona de playa que está arrebatando a los chalacos, formaba parte de la zona monumental del Callao.

Consideramos que la Municipalidad del Callao y el Ministerio de Cultura no deberían autorizar o dar los permisos correspondientes si no se ha cumplido con el proceso respectivo.

Mientras tanto, el edificio y el embarcadero se seguirán construyendo y nada podrá detenerlo.

 

 

 

 



lunes, 5 de abril de 2021

NUEVA MULTA A “MONUMENTAL CALLAO”. MINISTERIO DE CULTURA SANCIONÓ POR SEGUNDA VEZ A FUGAZ POR ALTERACIÓN AL PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN

El Ministerio de Cultura sancionó a la empresa “Fugaz Arte de Convivir” con una multa de 9.25 UIT (equivalente a S/.40,700 nuevos soles aproximadamente) por alteración a la Casa Ronald, inmueble declarado monumento. Según la Resolución Directoral N° 000002-2021-DGDP/MC emitida el 05 de enero del presente año y extrañamente publicado recién el 09 de marzo por el mismo ministerio en el link de su página: Consulta de Sanciones por Infracciones contra el Patrimonio Cultural de la Nación

http://repositorioarchivos.cultura.gob.pe/sancion_file/resolucion/san_770396535.pdf

Haremos una breve revisión del documento.

El articulo 1 y 2 de la resolución indican:

SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- Imponer sanción administrativa de multa de 9.25 UIT contra  la empresa Fugaz Arte de convivir, por la alteración leve al inmueble ubicado en Jr. Constitución N° 246-262 y Calle Independencia N° 247-271, Zona Monumental del Callao, Provincia Constitucional del Callao, declarado Monumento mediante Resolución Suprema N° 2900, de fecha 28 de diciembre de 1972, por la ejecución del pintado de grafitis en el muro lateral derecho exterior, tanque elevado, caja de ascensor (ubicados en la azotea) y del pintado del nombre propagandístico de la empresa Fugaz Arte de Convivir S.A.C; infracción tipificada en el literal e) numeral 49.1 del artículo 49° de la Ley N° 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; estableciéndose que el plazo para cancelar la multa impuesta no podrá exceder de 15 días hábiles, a través del Banco de la Nación2 o la Oficina de Tesorería de este Ministerio.

ARTÍCULO SEGUNDO. - Establecer como medida correctiva, que la administrada revierta a su estado anterior el inmueble ubicado en Jr. Constitución N° 246-262 y Calle Independencia N° 247-271, Zona Monumental del Callao, Provincia Constitucional del Callao. Esta medida deberá ser ejecutada por la administrada, bajo su propio costo, ciñéndose a las especificaciones técnicas que el órgano técnico disponga, debiendo para ello solicitar, de manera previa, la opinión técnica, supervisión y autorización de dicha Dirección



Figura 1: Páginas 1 y 17 de la Resolución Directoral

Esta Resolución Directoral es importante por varias razones:

1.       1. Expresa claramente que no tiene sustento las respuestas dadas por la empresa FUGAZ de no admitir responsabilidades.

2.       2. El Ministerio de Cultura reconoce en este documento que los grafitis y/o murales pueden alterar el patrimonio cultural inmueble.

“Al respecto de lo señalado por la administrada, debemos indicar que, el literal e) del numeral 49.1 del Art. 49° de la LGPCN señala: “Multa a quien promueva y realice excavaciones en sitios arqueológicos o cementerios, o altere bienes inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación sin tener la autorización correspondiente del Instituto Nacional de Cultura o la certificación que descarte la condición de bien cultural, sin perjuicio del decomiso de los instrumentos, medios de cargo y transporte utilizados”

Y agrega…

“Asimismo, se debe tener en cuenta que la infracción imputada a la administrada, sin contar con la autorización de este ente rector, vulnera el numeral 22.1 del Art. 22° de la Ley General de Patrimonio Cultural de la Nación, que establece que toda intervención en un bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nación, requiere de la autorización del Ministerio de Cultura”.



 Figura 2. Afectación a uno de los muros laterales de la Casa Ronald, inmueble declarado monumento y bien integrante del patrimonio cultural de la nación. 

Foto: Archivo personal.

1.       3. Les recuerda su reincidencia

 4. Reconoce la Norma A140 que indica que la intervención realizada es una alteración al patrimonio.

“…Al respecto, tenemos que, la administrada interpreta erróneamente el Art. 24, inciso C, de la Norma A.140 del Reglamento Nacional de Edificaciones y manifiesta que el pintado de la fachada no es alteración porque es reversible o no afecta la estructura o accesorios originales del inmueble, olvidando que estos aspectos facticos de la alteración son elementos que sirven para determinar su gravedad o levedad y no para determinar su existencia o inexistencia, puesto que la alteración existe de hecho al haberse realizado el pintado de grafitis y nombre de la administrada, en el muro lateral derecho exterior del inmueble monumento, tanque elevado y caja de ascensor (ubicados en la azotea);..”

3.       También deja claro que no han podido demostrar (cuantificar o calificar técnicamente) que la conservación de murales o grafitis en inmuebles declarados patrimonio cultural y la llamada” Ruta del Grafiti” deberían ser conservados por existir un interés público, la resolución indica que no hay elementos de juicio suficientes (presentaron 16 cartas a favor de los grafitis que no representarían una opinión mayoritaria de la zona monumental del Callao)

 Además, la resolución señala:

“Asimismo, se debe tener en cuenta la contraposición entre el pretendido interés público de la conservación de dichos grafitis y la finalidad del ordenamiento jurídico, ante el cual colisiona toda alteración no autorizada por el Ministerio de Cultura, de un inmueble declarado Patrimonio Cultural de la Nación, ordenamiento jurídico que también persigue el interés público en la conservación de los elementos visuales de estos inmuebles cuyo valor cultural fue considerado para su declaración como patrimonio cultural de la nación;”

4.       También es importante resaltar la valoración del bien cultural por la DDC Callao que detalla y describe los valores estéticos, históricos, científicos, sociales y urbanísticos que consideran a la Casa Ronald como un monumento relevante “... al ser uno de los edificios más representativos y constituir un hito para la población chalaca…”

 

5.       5. La resolución indica que la alteración al monumento es leve y reversible. Deja claro que existe una alteracion causado a un bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nación.



Figura 3. Intervención sin permiso en la azotea de la Casa Ronald también considerada dentro de la sanción impuesta.

Foto: Archivo personal

6. Es inobjetable la importancia de esta segunda multa a una empresa que ha dañado a todas luces el patrimonio cultural chalaco, pero algo que resulta en cierta manera interesante son los indicadores y valores  que se obtienen para la aplicar la multa donde se indica las conductas incurridas por la empresa.

Tómese su tiempo para leerla.

 

 

INDICADORES IDENTIFICADOS

PORCENTAJE

Factor A:

Reincidencia

Reincidencia

15%

 

 

Factor B:

Circunstancias de la comisión de la infracción

-   Engaño o encubrimiento de hechos.

-   Obstaculizar de cualquier modo el desarrollo del procedimiento administrativo sancionador y sus actos previos.

-   Cometer la infracción para ejecutar u ocultar otra infracción.

-   Ejecutar maniobras dilatorias en el desarrollo del procedimiento administrativo

sancionador.

 

-

 

-

-

Factor C:

Beneficio

Beneficio: directo obtenido por el infractor por los actos que produjeron la infracción.

-

Factor D:

Intencionalidad en la conducta del infractor

- Negligente: Descuido, falta de diligencia o impericia.

 

3.5%

FÓRMULA

Suma de Factores A+B+C+D= X%

18.5 % de 50 UIT = 9.25 UIT

 Por todas estas consideraciones, se impone una sanción administrativa de multa ascendente a 9.25 UIT (Unidad Impositiva Tributaria);





Figura 4. Si bien la sanción indica que la alteración se ve a mas de una cuadra, en realidad se ve dese mas lejos.

Foto: Archivo personal

A todo esto…

1.       ¿Porque el Ministerio de Cultura publica la Resolución Directoral el 09/03/2021 cuando este documento fue emitido el 05/01/2021? ¿Qué razones o intereses habría para tamaña demora?

2.       ¿Ambas multas ya fueron pagadas?

3.       Esta Resolución Directoral deja claro que los grafitis son una intervención y por lo tanto requieren una autorización en conformidad de acuerdo al artículo 22 de la ley 28296 de patrimonio cultural.

4.       Si el Ministerio de Cultura está reconociendo que las intervenciones de la empresa Fugaz son alteraciones y daños a los bienes integrantes del patrimonio cultural como queda la opinión favorable emitida el año pasado a Fugaz para su evento “ONE VOICE-El cambio está en la unión”, queda claro que esta opinión va contra toda normativa nacional e internacional. Además, hay que adicionar que este evento era temporal y aún se mantienen sus pinturas en los muros de edificios declarados patrimonio cultural. La opinión favorable emitida de manera cuestionable, pretende reemplazar una autorización que debería darse conforme a la Ley 28296 articulo 22, no se puede dar una opinión se tiene que dar una autorización.

5.       Esta resolución deja claro que las “obras artísticas” hechas por FUGAZ en el Centro Histórico son ilegales por las razones que la misma expone.

6.       Es evidente y cuestionable, las contradicciones en las que cae el Ministerio de Cultura, donde ellos mismos se desautorizan.

7.       Porque el Gobierno Regional del Callao apoya y avala a una empresa que ha demostrado su poco interés y solo ha provocado daño al patrimonio cultural, la reciente multa confirma todo lo dicho por colectivos y organizaciones a través de los medios.

8.       El PERTUR debe evaluar con cuidado la elaboración del Inventario de Recursos Turísticos ya que un recurso cultural o natural con cuestionamientos, multas o sanciones por daños, no puede ser considerado recurso o atractivo turístico por lo que recomendamos conversar con la empresa sancionada y el MINCETUR para no caer en errores.

 

El tema da para más…

 



 

miércoles, 15 de abril de 2020

Fotos del Callao a inicios de los 80 - Parte 1


Durante nuestras investigaciones accedimos al “Archivo Histórico de la Sede Central del Ministerio de Cultura” donde se guarda poca, pero importante información sobre el patrimonio cultural del primer puerto, de donde compartiremos una primera selección de imagenes de nuestra querida ciudad portuaria. En 1983 se realizó el Estudio Urbano del Centro Histórico del Callao, si comparamos la problemática de aquella época con la actual, podríamos decir que se mantiene y ha empeorado. Si hacemos memoria sobre trabajos de recuperación y puesta en valor del Centro Histórico del Callao en los últimos 15 años, la respuesta es negativa, en todo caso reto a la Dirección Desconcentrada de Cultura del Callao que me corrija.

Cito la introducción de este interesante trabajo realizado por el arquitecto Francisco Giannuzzi, donde se reconoce su importancia y valor, pero que a la fecha es poco o nada lo avanzado:

“El presente trabajo tiene como finalidad elaborar una política de intervención en un centro histórico, que sirve de pauta para poderla aplicar cuando se tenga que abordar un caso de restauración, rehabilitación, remodelación o proyecto nuevo dentro de la zona considerada monumental a la vez de crear conciencia sobre la importancia que tiene el rescate de las zonas antiguas o primitivas de una ciudad. Importancia que radica en la existencia de inmuebles y espacios urbanos de alto valor estéticos-históricos, con un aprovechamiento indebido de los mismos, con un avanzado estado de deterioro  de los inmuebles por el alto grado de densidad demográfica y tugurización, ocupados por población de bajos recursos y una gran ausencia de servicios básicos, pero la mayor importancia radica prioritariamente por el valor social que será puesto al servicio de sus actuales habitantes en condiciones acordes con los adelantos actuales de habitabilidad y confort. Partiendo de la premisa que la ciudad debe estar al servicio de la población que la habita, toda intervención debe estar encaminada a elevar sus condiciones de habitabilidad y confort de sus actuales pobladores.”

Estudio Urbano del Centro Histórico del Callao – Volumen Uno
Francisco Giannuzzi Cordano
Centro de Investigación y Restauración de Bienes Monumentales
Instituto Nacional de Cultura I.N.C.
Lima 1983

Las fotos mostradas en esta publicacion corresponden al libro mencionado, muchas edificaciones han sido mofificadas, otras  no exiten o estan a punto de desaparecer. parafraseando al arqueologo Aldo Bolaños diriamos:

"Una sociedad (y su cultura) no desaparecen si se detruye su patrimonio, lo que se muere es el conocimiento. Por eso es que se protegen, porque ningún ser vivo sobrevive sin conocimiento..."


Foto 1.- Pasaje Gálvez


Foto 2.- Independencia y Gálvez


Foto 3.- Plaza Gálvez


Foto 4.- Plaza Gálvez


Foto 5.- Gálvez


Foto 6.- Jiron Constitución.


Foto 7.- Calle Daniel Nieto - Casa Conroy


Foto 8.-  Libertad y Paita


Foto 9.-

jueves, 14 de noviembre de 2019

¿Por qué la parte antigua de Bellavista no es declarada Zona Monumental?


Para todo chalaco que conoce su ciudad, no le sonaría raro esta afirmación. Si tomamos en cuenta que esta ciudad fue creada en la época virreinal y estuvo vinculada con el Centro Histórico del Callao desde su creación, queda claro que Bellavista podría tener algunas particularidades que la hacen merecedora de esta denominación.

Primero analicemos el concepto de una zona monumental según la convención de UNESCO, reconocido por el Ministerio de Cultura y el Reglamento Nacional de Edificaciones:

“Son zonas monumentales los sectores o barrios de la ciudad cuya fisonomía debe conservarse porque:

·        -  Poseen un valor urbanístico en conjunto
·        -  Poseen valor documental histórico-artístico
·   - En ellas se encuentran un numero apreciable de monumentos y/o ambientes urbano monumentales.”

De acuerdo a lo indicado líneas arriba, queda claro que hay muchas razones para que contemos con una nueva zona monumental en el Callao.

En las siguientes líneas a modo de ejercicio aplicaremos algunos conceptos del MINCUL para diferentes áreas que consideramos deberían recibir atención por parte de las instituciones pertinentes (Municipalidad y DDC Callao)

1   1.    Ambientes Urbano Monumentales

El MINCUL señala: “Son ambientes urbanos monumentales los espacios urbanos (plazas, plazuelas, calles, etc.) cuya fisonomía y elementos por poseer valor urbanístico de conjunto, deben conservarse total o parcialmente.”

Podríamos adicionar la “Carta de Burra para Sitios de Significación Cultural” al cual está suscrito Perú con la UNESCO y que nuestro Ministerio de Cultura reconoce, se señala que “Sitio de significación cultural” es un lugar u obra que incluye “componentes, contenidos, espacios y visuales” que poseen un valor estético, histórico, científico, social o espiritual para las generaciones pasada, presente y futura”. Y agrega: “los sitios pueden tener un rango de valores para diferentes individuos o grupos”. También precisa que el concepto de sitio “debe ser interpretado en sentido amplio. Los elementos descritos en el Articulo 1.1 incluyen monumentos,"árboles",Jardines, parques, plazas donde han tenido lugar acontecimientos históricos, áreas urbanas, ciudades, sitios industriales, sitios arqueológicos y sitios espirituales y religiosos.” Entonces teniendo en cuenta esto podríamos decir que Bellavista cuenta con ambientes urbano monumentales y bueno una zona que debe ser declarada patrimonio.


Figura 1. Plaza principal de Bellavista (Archivo personal)


Entonces vemos que hay algunos elementos urbanos que deberían ser tomados en cuenta:

1.1.               El trazo urbano

Tal vez lo más significativo y que pasa desapercibido para muchos es el trazado urbano de Bellavista, como muchos saben esta ciudad surge debido al terremoto que asoló Lima y Callao en 1746, y que por orden del virrey la ciudad del Callao debía ser trasladado a un terreno más alto, el lugar elegido fue Bellavista en los terrenos de la Hacienda Aguilar. El trazo de Bellavista fue diseñado por Luis Godín, matemático francés que también diseño la Fortaleza del Real Felipe.

Rosendo Melo menciona: “El pueblo tenía calles anchas y rectas, con una amplia plaza cuadrada. Uno de los extremos de la plaza estaba destinado a la iglesia parroquial y el cementerio, en el lado opuesto el cabildo habilito en 1776 la casa del Conde San Javier para ser usada en el recibimiento del nuevo virrey Manuel de Guirior. Probablemente esta sea la casa que fue usada y conocida como el palacio de los virreyes. El resto de la población consistía en bodegas del comercio. Hasta el día de hoy de conserva en Bellavista la estructura de la propiedad: grandes terrenos entre la plaza y la Avenida Buenos Aires, que era el camino a Lima” (Quiroz, 2007), lo indicado hace referencia a parte de los terrenos que ocupa el Cine Bellavista, emblemático edifico estilo art deco de mediados del siglo XIX que a la fecha de publicación de este articulo, ya se encuentra prácticamente demolido.

Como pueden ver el trazado urbano de Bellavista data de la época virreinal y la ciudad aun lo mantiene, razón importante para ser declarado patrimonio cultural de la nación no solo por su valor urbanístico en conjunto, porque también está debidamente documentado. Este trazo conocido como “damero” se consolido durante las primeras décadas del siglo XVI, sin embargo “serian recién las célebres ordenanzas sobre - descubrimientos, poblaciones y pacificaciones - emitidas por Felipe II en 1573, que regularían por primera vez las normas y características que deberían buscarse para la fundación y construcción de nuevos poblados en los virreinatos. Así quedaba la figura simple y ordenada del “campamento romano” como patrón oficial de asentamiento, casi 40 años después de haber sido trazado el damero de Pizarro” (Augustín Burneo, 2017).

Una adecuación del trazado urbano, paneles informativos, postes ornamentales y recuperación del paisaje, etc. definitivamente transformarían la zona.

Figura 2. Trazo urbano de Bellavista de 1746 - Archivo de Indias - (Quiroz. 2007)

 1.2.               Plaza Principal de Bellavista


Dentro de una de las particularidades que tiene es su nombre “Parque Municipal de Bellavista”, “Plaza de Armas”, “Plaza Principal de Bellavista” o “Parque Isabel La Católica”, tal vez una declaración de patrimonio cultural y nombre no le caería mal.

También incluida en la demarcación del trazo de Godin, le da un carácter especial además de las edificaciones que encerró desde su creación. Actualmente alberga la Iglesia San José de Bellavista (Ex Catedral del Callao), La Municipalidad, El Colegio " Jorge Washington"  una edificación de época cuya fachada debería ser recuperada, el centenario “Colegio América “, la famosa calle Bolognesi con sus árboles ficus a punto de desaparecer y algunas casas y quintas de inicio o mediados del siglo XX que deberían ser recuperadas.
No podemos dejar de mencionar su histórica pileta que fue recuperada en el 2013 por una acertada decisión del alcalde.

Figura 3. Jirón Bolognesi, tradicional calle de Bellavista, foto del 2011, se aprecia los centenarios ficus.  (Archivo personal)

1.1.               Árboles centenarios del Jirón Bolognesi.

Hace unas semanas la ciudad perdió un patrimonio natural único y que pocos distritos de Lima y Callao poseen. Salvando distancias con el Olivar de San Isidro, en Bellavista se encuentran tal vez los árboles más antiguos de la provincia, parte de los centenarios ficus de la avenida Bolognesi fueron retirados por parte de la municipalidad. Se puede indicar que hay muchas razones para esta tala. Sin embargo, también es conveniente señalar que el distrito cuenta con la Ordenanza Municipal No 015-2013-CDB “Ordenanza que regula la protección, conservación, defensa y mantenimiento de las áreas verdes de uso público del distrito” donde indica claramente el mantenimiento que requerían los históricos árboles, que si lo hubieran cumplido tal vez se pudo evitar su retiro. Dicha ordenanza también menciona que los árboles deben ser repuestos con la misma especie, que tampoco se ha cumplido. Situaciones que va en contra de la ordenanza dictada por la misma municipalidad.

Figura 4. Actual estado del Jr. Bolognesi. Una tradicional calle que merece y debe ser recuperada. (Archivo personal)

Los árboles en mención se encuentran en unas cuadras que poseen casas típicas del distrito y que definitivamente ha modificado el paisaje cultural de la calle. Estos arboles son testigos de la historia del distrito, de las diferentes generaciones que han recorrido sus calles y también forman parte de la traza urbana de la ciudad.

Solo se mantienen en pie algunos ficus ubicados en la acera del Colegio América y que merecen mayor atención y mantenimiento por parte de la autoridad.

Figura 5. La ex catedral del Callao tiene mucha historia que contar. (Archivo personal)

1   2.    Inmuebles de valor monumental

Bellavista posee arquitectura de los dos últimos siglos, debemos mencionar que la mayoría de casas han sido modificadas, alteradas o destruidas. Sin embargo, si uno observa con detenimiento descubrirá que muchas casas se encuentran cubiertas por muros o rejas o en muchos casos las fachadas se han destruido por un muro reciente, por lo que mantienen aún su interior.

Si tomamos en cuenta las definiciones del MINCUL en Bellavista podríamos encontrar “inmuebles de valor monumental” que de acuerdo a la Norma A.140 del Reglamento Nacional de Edificaciones, los inmuebles de valor monumental “son aquellos inmuebles que sin haber sido declarados monumentos revisten valor arquitectónico o histórico” por lo que podríamos identificar algunas edificaciones:

2.1.               Arquitectura religiosa

Iglesia San José de Bellavista

Fue por mucho tiempo la Catedral del Callao, ubicada en la plaza principal de Bellavista, la actual edificación fue erigida en 1916 por el entonces arzobispo de Lima, monseñor Pedro García Naranjo y siendo el primer párroco el Reverendo Padre Ernesto Cotte de la congregación de canónicos regulares de la Inmaculada Concepción. Según la historia, en este sitio exacto donde se erige la iglesia hubo antes una acequia en donde se halló la imagen de madera del Señor del Mar. La creencia popular dice que la imagen fue llevada hasta allí por las aguas del maremoto que destruyó el Callao en 1746. Se la veneró en esta iglesia hasta el año 1865 en que fue trasladada a la iglesia Santa Rosa del Callao. Aquí se venera al Señor Crucificado de Bellavista, antes llamado de las "Viñas". Su Hermandad se fundó el 20 de abril de 1954 y recorre el distrito en Semana Santa. Los investigadores del Callao indican que se encuentra exactamente en lo que fue la iglesia parroquial y el cementerio, de acuerdo a la traza urbana diseñada por Godin.

¿Su origen virreinal y el camposanto que lo acompañaba en sus inicios son méritos suficientes para considerar una parte del distrito como zona monumental? ¿Un trabajo arqueológico no estaría mal?

Figura 6.  Bellavista tiene arquitectura oculta detrás de sus muros. (Archivo personal)

2.2.               Arquitectura civil publica

Debemos mencionar 02 edificaciones importantes: Una edificación del siglo XX que fue declarada Patrimonio Cultural de la Nación, la fachada del Estadio “Telmo Carbajo” que tuvo hace poco una recuperación y mantenimiento a raíz de un evento deportivo internacional en el país que finalmente no se realizó en sus instalaciones. Dentro de estos trabajos tampoco de considero la restauración y recuperación de la histórica fachada. Su papel en el origen y desarrollo del fútbol peruano es reconocido.

Figura 7. El emblemático "Telmo Crabajo" su fachada fue declarada patrimonio cultural e la nación, en los recientes trabajos de remodelación del estadio no se considero su fachada, la cual se deteriora cada vez mas.(Archivo personal)


Otra edificación también importante es el Cementerio Británico que data de 1834. Sin duda uno de los museos más importantes y bellos del Callao, no solo por cantidad de personajes relacionados a la historia del Callao y del Perú, también por las obras de arte en escultura que ahí se encuentran y que a la fecha no entendemos cómo es que no sea ha declarado Patrimonio Cultural de la Nación.

Aquí un par de publicaciones nuestras sobre el cementerio:


A la fecha no existe edificaciones civiles públicas de finales del XIX o inicios del XX (opinión del redactor), sin embargo, hay algunas instituciones
Es importante mencionar que tenemos instituciones públicas que funciones inmuebles de tipo arquitectura civil domestica como colegios.

Otra edificación que no podemos dejar de mencionar es la Sociedad de Tiro “Almirante Miguel Grau” Bellavista No. 2 que se inauguró el 15 de julio de 1854. Y que fue concebida para adiestrar a sus asociados en el manejo de armas de guerra y distracción, teniendo como experiencia la infausta Guerra del Pacífico de 1979

Figura 8. Una de las pocas casa que aun se conservan en a zona antigua de
 Bellavista. (Archivo personal)


2.3.               Arquitectura civil doméstica

En el Callao podemos encontrar muchas edificaciones de valor arquitectónico de diferentes estilos en sus calles, como bien indicamos muchas pueden pasar desapercibidas porque están cubiertas por muros o en muchos casos modificadas.

Figura 9. Jr. Colina a media cuadra de su plaza. (Archivo personal)


Una recuperación de fachadas consideramos que sería una buena forma de recuperar el valor de la zona, siempre y cuando la municipalidad ofrezca las garantías del caso.

Los invito a leer nuestra publicación del 2011 donde colocamos fotos de algunos los inmuebles referidos:


Figura 10 Avenida Saenz Peña, cuadra 14, situaciones como estas deben ser reguladas por las autoridades pertinentes.(Archivo personal)

Figura 11  Jirón Colina, si la esta area fuera declarada zona monumental se podrían evitar mas agresiones a la poca arquitectura tradicional que aun existe. (Archivo personal)


2.4.               Arquitectura industrial

Si nos mantenemos una línea de tiempo podríamos decir que, en el virreinato, la traza de Godin considero la construcción de bodegas y almacenes para las mercaderías del puerto, para la época republicana aún quedan restos de la bodega de trigo ubicado en la calle Comandante Espinar o la fábrica de jabones o alpargatas del ilustre vecino Guillermo Ronald ubicado en Jr. Colina, ahora si queremos venir a los tiempos modernas, la desparecida fábrica de Pilsen Callao ubicada en la Colonial.


3   3.    Sobre la Historia de Bellavista
Desde sus primeros habitantes prehispánicos, su vinculación con el Centro Histórico del Callao a raíz de un fenómeno geográfico de gran magnitud como fue el terremoto y maremoto de 1746. Fue la primera ciudad urbana y su activa participación en la campaña de la Emancipación Nacional. También mencionar que el origen del futbol peruano surgió por estas tierras o que la primera pista de aterrizaje del Callao estuvo por esta zona, o la primera escuela del Callao funciono aquí. Es poco de lo mucho que se puede mencionar de este distrito.



Figura 12. Jirón Comandante Espinar, aquí encontramos el antiguo 
deposito de trigo.(Archivo personal)


CONCLUSIONES

-    - Hay muchas edificaciones que están sujetas a la presunción del patrimonio por evidentes razones.
-    
  - Se siguen construyendo edificaciones de varios pisos sin tener en cuenta la simetría y volumetría de la zona, en especial de la plaza.

-  -- Es preocupante la situación de los árboles del Jirón Bolognesi, que corren el riesgo de desaparecer.

-    -  Bellavista está perdiendo su memoria histórica con la destrucción de su patrimonio, también la pérdida de su memoria viva con la destrucción de tradicionales símbolos del distrito como es el Cine Bellavista que debió tener un mejor destino y que pudo ser manejado por las autoridades municipales. Similar caso ocurrió con la pileta que gracias a la gestión de un alcalde capaz pudo ser recuperado y repuesto en su lugar original.

  - Es claro la falta de compromiso frente al patrimonio cultural del distrito por parte de la Municipalidad de Bellavista y la Dirección Desconcentrada de Cultura del Callao que pertenece al Ministerio de Cultura.
   
   - La Carta Internacional para la Conservación de Poblaciones y Áreas Urbanas Históricas - Carta de Toledo o Washington - (ICOMOS, Washington, 1987) que el Perú reconoce indica: “los valores a conservar son el carácter histórico de la población o del área urbana y todos aquellos elementos materiales y espirituales que determinan su imagen especialmente:

o   La forma urbana definida por la trama y el parcelario;

o   La relación entre los diversos espacios urbanos, edificios, espacios verdes y libres;

o   La forma y el aspecto de los edificios (interior y exterior), definidos a través de su estructura, volumen, estilo, escala, materiales, color y decoración;

o   Las relaciones entre población o área urbana y su entorno, bien sea natural o creado por el hombre;

o   Las diversas funciones adquiridas por la población el área urbana en el curso de la historia.

o   Cualquier amenaza a estos valores comprometería la autenticidad de la población o área urbana histórica.


   Ahora si tomamos en cuenta “La Carta de Burra” (ICOMOS 1999) también reconocida por Perú; Bellavista podría ser considerada como un sitio de significación cultural porque este tipo de lugares “enriquecen la vida del pueblo, proveyendo a menudo un profundo e inspirador sentido de comunicación entre comunidad y paisaje, con el pasado y con experiencia vividas. Son referentes históricos, importantes como expresiones tangibles de la identidad y experiencia…”

Y agrega:

 ” La Carta de Burra apela a una cautelosa aproximación a los cambios: hacer            todo lo necesario para proteger un sitio y hacerlo útil, pero cambiarlo lo menos          posible para que conserve su significación cultural”. Líneas arriba mencionamos
su significado y lo que implica.

-    Existe una serie de documentación internacional y nacional sobre protección del patrimonio cultural que avala que Bellavista pueda ser declarado “Zona Monumental”


-       La inauguración de la Sala de Exposiciones “Humberto Currarino Camere” sin duda es un avance en la cultura de la ciudad, sin embargo, no es suficiente para todo el distrito. Llama la atención la ubicación de dicha sala considerando que todo el patrimonio de la ciudad se encuentra en la zona antigua, donde no existe ningún tipo de información cultural o al menos señalización.

Figura 13  La perdida de la memoria histórica del distrito de Bellavista esta desapareciendo. La perdida de la arquitectura que lo identifica y con ella  la memoria de su ciudad. El caso del Cine-Teatro Bellavista no puede pasar por alto para las autoridades  (Archivo personal)



Insisto: ¿Por qué la parte antigua de Bellavista no es declarada Zona Monumental?