IMAGEN 1. Casona declarada Monumento ubicada en el
Centro Histórico del Callao colapsó por causas que merecen ser revisadas.
Fuente: https://www.facebook.com/municallao
Por: Juan Manuel Dávila
Herrera
Especialista en Gestión
Cultural y Turismo
08/04/2026
El Callao es una ciudad de
contrastes; ayer, 7 de abril de 2026, nos ha recordado su cara más vulnerable.
Mientras hace apenas dos semanas los flashes iluminaban la reinauguración del
histórico Teatro Municipal "Alejandro Granda", el sonido de los
aplausos ha sido reemplazado por el estruendo de los escombros. Una casona
republicana en la intersección de Jr. Pedro Ruiz Gallo con Jr. Alberto
Secada, a media cuadra del teatro, ha colapsado parcialmente, planteando
interrogantes urgentes sobre la gestión del patrimonio, la supervisión estatal
y la seguridad ciudadana.
I. El Contexto: Un Eje Histórico en Situación de Riesgo
El cruce de los jirones Pedro
Ruiz Gallo y Alberto Secada es parte fundamental del Centro Histórico del
Callao. Sus edificaciones del siglo XIX utilizan el sistema de quincha y
madera, una ingeniería tradicional diseñada para la flexibilidad sísmica,
pero altamente sensible a las alteraciones bruscas de sus suelos. La esquina
afectada representaba no solo un valor arquitectónico, ya que forma parte de la
arquitectura civil doméstica del área declarada Zona Monumental. También está
catalogada como Monumento según RJ 515 del 11/08/1989, por lo que la pérdida
parcial de esta edificación es grave para el patrimonio cultural chalaco. No
podemos dejar de mencionar la importancia del jirón Pedro Ruz Gallo (ex-Teatro)
por la cantidad de edificaciones de valor histórico y las edificaciones públicas
existentes y por ser una calle emblemática que representa la cultura e historia
del Callao.
IMAGEN 2. Jirones Pedro Ruiz Gallo y Alberto
Secada. (Año 2019)
Fuente: Archivo
IMAGEN 3. Jirones Pedro Ruiz Gallo y Alberto
Secada. (07 abril 2026)
Fuente: Archivo
II. La Obra Pública y la Presión del Calendario Político
Desde finales de 2025, la
Municipalidad Provincial del Callao ejecuta el proyecto "Mejoramiento
del Servicio de Movilidad Urbana en el Jr. Pedro Ruiz Gallo" (CUI 2611257),
con una inversión de S/ 1,422,059. Esta obra contemplaba un plazo de
ejecución de 60 días; sin embargo, al día de hoy, los trabajos
continúan, excediendo largamente el cronograma original.
Esta demora coincide con un
contexto político particular: la renuncia de la autoridad municipal para
postular al Gobierno Regional. Surge aquí una duda razonable que las
investigaciones deberán esclarecer: ¿Se aceleraron los trabajos de
pavimentación para consolidar el entorno del teatro tras su inauguración,
descuidando los protocolos de mitigación frente a estructuras debilitadas?
Es importante mencionar
que los trabajos de pavimentación en el Jirón Pedro Ruiz Gallo son la continuación inmediata del
eje visual y peatonal del Teatro Alejandro Granda. Al ser una sola unidad de
proyecto, lo que se hace frente y cerca al teatro podría afectar
estructuralmente a las casas de la misma cuadra debido a la transmisión de
ondas en suelos con napa freática alta (típico del Callao). También es
importante considerar la duda sobre la intensidad del trabajo post-inauguración
del Teatro y por otro lado el efecto de las vibraciones.
IMAGEN 4. Fecha
tomada el mismo día del derrumbe (07 de abril del 2026). ¿Se ha priorizado terminar
el acabado estético para cumplir con los plazos de inauguración/renuncia del alcalde,
mientras la estructura monumental a solo metros de distancia no recibió la misma
ni presupuesto de mitigación?
Fuente: Archivo
IMAGEN 5. Diciembre 2025. Anuncio de la obra que
ya excedió el cronograma original. Por cierto, el número de CUI también aparece
errado
Fuente: Archivo
III. El Factor de las Vibraciones: Testimonios y Probabilidades
Técnicas
Aunque no se cuenta con
registros gráficos de maquinaria operando antes y durante el instante preciso
del colapso. Los testimonios de algunos vecinos son coincidentes y alarmantes. Las
vibraciones producidas por las máquinas utilizadas en la remodelación de la vía
habrían sido el detonante final.
Desde una perspectiva
técnica, el retiro de suelo, el traslado de materiales y la compactación del
nuevo pavimento generan ondas de choque que, en suelos húmedos como los del
Callao, se transmiten directamente a los cimientos de quincha. Cabe preguntar
si se realizó un estudio de pre-existencias y si se establecieron límites de
vibración para proteger el entorno monumental. La falta de apuntalamientos
preventivos sugiere que la mitigación antes del uso de maquinaria fue,
cuando menos, insuficiente y todo indica que al parecer no hubo.
IV. Negligencia en el Área de Influencia: El Riesgo Humano
Las evidencias del 7 de abril
revelan una situación de peligro inminente. Se observa a trabajadores de la
empresa contratista operando bajo estructuras fracturadas que han perdido sus
apoyos principales.
IMAGEN 6. 07 de abril del 2026. La eminente
violación de la Norma G.050. Demuestra que, aunque hay una cinta amarilla, no
existe un control real del área de influencia del colapso.
Fuente: Archivo
IMAGEN 7. 07 de abril del 2026. La
integridad física del trabajador en riesgo por falta de dirección técnica.
Fuente: Archivo
Un detalle crítico es el uso
de un inmueble colindante como depósito de materiales de la obra. Aunque
se trate de un predio distinto, la Norma G.050 (Seguridad durante la
Construcción) obliga al empleador a garantizar la seguridad en toda el área
de influencia de la obra. Permitir que el personal transite bajo muros
"en el aire" para acceder a un almacén improvisado es una violación
directa a los protocolos de seguridad laboral y una muestra de la falta de
previsión del residente de obra y de la supervisión municipal.
V. Ejecución Financiera y el Rol de la Supervisión
Según la Consulta Amigable
del MEF, ya se han devengado cerca de S/ 392,027 para este proyecto.
Con casi 400 mil soles ya ejecutados, es lícito cuestionar por qué no se
destinó una fracción para asegurar la estabilidad de las fincas vecinas.
Asimismo, la DDC Callao (Ministerio de Cultura) debe explicar su labor de "control técnico". Al ser una zona monumental, cada metro de suelo removido y cada máquina empleada debió contar con supervisión sectorial. Si la casa colapsó mientras la obra vial avanzaba en su puerta, la cadena de responsabilidad alcanza tanto a quien ejecuta como a quien tiene el deber legal de vigilar el patrimonio.
La normativa sobre bienes
culturales inmuebles exige un "descombrado selectivo" supervisado
por la DDC Callao (Dirección Desconcentrada de Cultura del Callao). Al retirar
todo con maquinaria, se ha perdido la oportunidad de realizar un peritaje que
determine las causas exactas del colapso y se han desechado materiales
históricos (maderas, elementos ornamentales) que son esenciales para cualquier
intento de reconstrucción o anastilosis.
Violación de la Norma A.140
(RNE): Esta norma exige que, en casos de
emergencia en inmuebles históricos, cualquier acción debe ser dirigida por un
arquitecto restaurador. Un tractor no es una herramienta de restauración.
· Incumplimiento del "Control Técnico": La DDC Callao (según el Artículo 4 de la
resolución que tienes) debería haber paralizado la obra en ese tramo
específico. Si la municipalidad sigue trabajando, o bien la DDC no ha emitido
la orden, o la municipalidad está ignorando la autoridad del Ministerio de
Cultura. ¿Fue así?
· Gestión de Riesgos (Ley 29664): Al no haber un área de exclusión real y permitir que el
personal trabaje bajo una estructura inestable, se está violando el deber de
protección del empleador (la Municipalidad) hacia sus obreros y hacia los transeúntes.
IMAGEN 9. 07 de abril del 2026. Confirmación de
una gestión de crisis reactiva y no técnica. Se priorizo la “limpieza visual”
para no afectar la imagen del entorno del teatro, sacrificando la seguridad pública
y la integridad de lo que queda del monumento
Fuente: Archivo
VI. Conclusiones
1.
Correlación bajo Investigación: Es imperativo un peritaje
independiente que determine si las vibraciones de la obra (CUI 2611257) fueron
la causa directa del colapso, tal como denuncian los vecinos. No olvidemos los colegios
cerca, la misma municipalidad ubicada a una cuadra, el turista que podría pasar
por ahí y con mayor razón los espectadores que irían al teatro Municipal. Pudo haber
víctimas.
2.
Falla en la Gestión de Riesgos: El uso de edificios
colindantes en riesgo como depósitos y la falta de un perímetro de seguridad
respetado por los propios trabajadores evidencian una preocupante normalización
del peligro.
3.
Prioridad de Vitrina: El brillo del Teatro Alejandro Granda no puede servir para
ocultar la sombra de una obra que, habiendo superado sus plazos de ejecución,
parece haber priorizado el acabado estético sobre la integridad estructural y
la vida humana.
4.
DDC Callao (Ministerio de Cultura): Por la aparente ausencia de control
técnico durante la obra y por permitir la remoción indiscriminada de los restos
del monumento, violando los protocolos de conservación que obligan a la
recuperación de elementos originales. Con esta acción se borró evidencia crucial.
El brillo del nuevo Teatro
Municipal no debe servir para ocultar la sombra de una gestión que parece haber
olvidado que el patrimonio es, ante todo, la seguridad y la memoria de su
gente.
Sustento Normativo
●
Norma G.050 (RNE): Seguridad durante la Construcción y responsabilidad en áreas de
influencia colindantes.
●
Ley N° 28296: Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación.
● Consulta Amigable MEF: Reporte de ejecución del Proyecto CUI 2611257
● Ley N° 29664: Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD
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Dávila Herrera, Juan Manuel. (2026, abril 08). Patrimonio en Escombros: La Responsabilidad de la Contratista, la Omisión Municipal y la Falta de Control de Cultura en el Callao. Callao Centro Histórico.https://www.callaocentrohistorico.com/2026/04/patrimonio-en-escombros-la.html