Por: Juan Manuel Dávila Herrera
Licenciado en Turismo | Gestor Cultural | Director de
"Callao Centro Histórico"
Fecha: 21 abril 2026
La implementación de productos turísticos en espacios de alta
sensibilidad histórica, como el Centro Histórico del Callao y su Zona
Monumental del Callao, no puede responder a impulsos políticos o
recreativos superficiales. Debe ser el resultado de una planificación técnica
rigurosa que garantice la seguridad del visitante, la integridad del patrimonio
y el respeto a la identidad local. ". Este itinerario, inspirado en la figura del actual Papa
León XIV, no solo falla en su ejecución operativa, sino que transgrede
normas de seguridad vial, respeto al patrimonio inmaterial y principios de
gestión urbana, degradando la identidad de nuestro primer puerto.
Imagen 1. "Infracción al D.S. 026-2017-MTC: Operación de bus
panorámico sin estudio de gálibo. El riesgo eléctrico fue una constante en
Chucuito y Sáenz Peña, vulnerando la seguridad del turista."
(Archivo)
Imagen 2. "Infracción al D.S. 026-2017-MTC: Operación de bus
panorámico sin estudio de gálibo. El riesgo eléctrico fue una constante en
Chucuito y Sáenz Peña, vulnerando la seguridad del turista."
(Archivo)
I. El Valor
Simbólico y la Ofensa a la Identidad.
El tour nace con una deficiencia ética: la falta de respeto a la autoridad que le da nombre. Al ser un recorrido inspirado en el Papa León XIV, la excelencia y solemnidad deberían ser la norma. Sin embargo, la precariedad observada proyecta una imagen de destino descuidada, lo que constituye una afrenta a la investidura papal, a la fe del pueblo chalaco y a nuestra identidad. Utilizar un cargo de tal abolengo para un producto turístico deficiente evidencia un oportunismo que ignora la dignidad que el Callao merece proyectar ante el mundo.
II. Seguridad Vial y Operatividad: El Riesgo de la
Improvisación.
El uso de unidades de transporte de dos pisos (panorámicas) en
el tejido urbano antiguo del Callao representa un riesgo crítico de seguridad
vial.
1.
Vulneración Normativa (D.S. 017-2009-MTC y D.S.
026-2017-MTC): La normativa de transporte turístico es taxativa:
el transportista y el organizador son responsables de que la ruta sea
compatible con las características del vehículo.
2.
Riesgo de Gálibo y Altura:
Los registros audiovisuales en Chucuito, Sáenz Peña y la Av.
Colonial demuestran la inexistencia de un estudio de ruta previo. El
tránsito bajo cables de baja y media tensión con una luz de separación nula
expone a los pasajeros a riesgos de electrocución e impacto físico. La falta de
una poda de gálibo técnica obligó a los usuarios a maniobras evasivas
constantes.
3.
Zonas de Riesgo: No solo en el ingreso a la Basílica de la Legua, sino también
en el barrio de Chucuito, el pasajero se ve sometido a un peligro
constante. La baja altura del cableado eléctrico y las ramas de árboles sin
podar obligan a los turistas a permanecer agachados de forma humillante,
impidiendo cualquier disfrute del paisaje.
4.
Responsabilidad Administrativa:
Operar una unidad de gran gálibo en calles estrechas y con obstáculos aéreos es
una falta al deber de protección al turista consagrado en la Ley Nº 29408
(Ley General de Turismo).
5.
Conclusión Logística: No
se puede sacrificar la integridad física en nombre de la "experiencia
panorámica". La seguridad es el pilar inalienable de cualquier destino con
sello de calidad.
EXPOSICIÓN AL PELIGRO:
"Infracción
al D.S. 026-2017-MTC: Operación de bus panorámico sin estudio de gálibo. El
riesgo eléctrico fue una constante en Chucuito y Sáenz Peña, vulnerando la
seguridad del turista." (Archivo)
Imagen 3. Avenidas Sáenz Peña y Marco Polo (Archivo)
Imagen 4. Chucuito (Archivo)
Imagen 5. Retorno al Centro Histórico del Callao desde
el Distrito de Carmen de La Legua. Analice los detalles y saque sus
conclusiones.
https://youtu.be/Ic9ete1r-f0?si=EffCN8rEh6Sa_jvS
III. Capacidad de Carga y
Respeto al Culto Religioso.
Uno de los
puntos más críticos fue la irrupción en la Iglesia Matriz y la Parroquia
Santa Rosa.
●
Conflicto de Usos: Los grupos ingresaron en plena hora de culto, con los templos
saturados de fieles. No se respetó el aforo ni la solemnidad del momento
religioso, contraviniendo los principios de sostenibilidad de la Ley Nº
29408 (Ley General de Turismo).
●
Gestión de Flujos: La ausencia de una gestión de capacidad de carga demuestra que
el tour prioriza el volumen de personas sobre el respeto al patrimonio
inmaterial (la fe y el derecho al culto del vecino chalaco). El turismo debe
convivir con la comunidad, no invadirla ni desplazarla.
Imagen 6. Iglesia Matriz. Si bien el guiado fue lo mejor del recorrido y se aprovechó muy bien el edificio y su entorno, no se pudo conocer el interior debido al horario de culto. (Archivo)
IV. Mediación Cultural e Interpretación del Conjunto
La interpretación del
patrimonio fue alarmante por su pobreza académica. En los puntos visitados, la
mediación se limitó a las naves centrales, ignorando el Conjunto
Arquitectónico integral (fachadas, atrios y entorno urbano).
●
Falla Profesional: Bajo la Ley Nº 28529 (Ley del Guía de Turismo), la
información debe ser veraz y basada en investigación. Limitarse a datos
anecdóticos dentro del templo, mientras se pasa frente a casonas históricas
destruidas sin un discurso de conservación, es una omisión ética. El
patrimonio herido del Callao no debe ser un decorado pasivo; debe ser
interpretado profesionalmente para generar conciencia sobre su recuperación.
●
Deficiencia de Recursos: La
utilización de fotos impresas de forma precaria denota una falta de inversión
en soportes museográficos. Asimismo, la colocación de siluetas de cartón
(maquetas pop-up) dentro de templos históricos genera contaminación visual y trivializa la solemnidad del monumento, rompiendo la armonía
estética del arte sacro.
Imagen 8. "Contaminación visual: El uso de siluetas de cartón y
recursos museográficos precarios dentro de templos históricos degrada la
solemnidad del monumento. El Callao merece una interpretación profesional, no
una escenografía efímera."
Imagen 10. (Archivo)
CASONAS Y EDIFICIOS DEGRADADOS: "El paisaje del olvido: La ruta transita frente a monumentos en pre-colapso sin una narrativa de conservación. El patrimonio herido se usa como decorado, evidenciando la falta de un plan de recuperación real en la Zona Monumental."
Imagen 11. Monumento a Cristobal Colón frente a la Parroquia Santa Rosa. (Archivo)
Imagen 13. Chucuito. Observe personas de dudosa
procedencia y acumulación de basura o elementos abandonados al costado del monumento.
(Archivo)
MONUMENTOS
DEGRADADOS: "El
paisaje del olvido: La ruta transita frente a monumentos abandonados sin una
narrativa de conservación. Es una lástima que la Municipalidad no tenga cuidado
en una higiene visual del recorrido, donde es obvio que ellos mismos vulneran
su patrimonio"
V. Deficiencia Administrativa y Financiamiento (S/ 4 Millones).
Este
diagnóstico se sustenta en evidencias de gestión preocupantes. La Resolución
Ministerial N° 262-2025-MINCETUR oficializó la transferencia de S/
4,000,000.00 a la Municipalidad del Callao para el fortalecimiento de
destinos. El Acuerdo de Concejo N° 057-2025 AC/MPC especificaba el uso
de estos fondos para material de alta calidad y profesionales licenciados en la
"Ruta del Papa".
Resulta
incomprensible que, con tal presupuesto, no se haya realizado un mejoramiento
urbano previo (ordenamiento de cables y poda de gálibo) y se utilicen
recursos mediocres como fotos impresas y maquetas de cartón, evidenciando una
ejecución de gasto que no llega al beneficio del turista ni del patrimonio.
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/mincetur/noticias/1260006-ministra-leon-ruta-turistica-del-papa-leon-xiv-atraera-mas-de-15-000-visitantes-al-callao
VI.
Determinación de Responsabilidades.
Exigimos respuestas claras de:
1.
Gerencia de Turismo (Municipalidad del Callao):
Por la planificación nula de rutas y la improvisación de recursos.
2. Progresemos Callao (Municipalidad del Callao): Por su responsabilidad técnica y consultiva, el tour atraviesa su área de gestión, debió actuar como el filtro de calidad y conservación que nunca existió.
3.
MINCETUR: Por avalar un producto que incumple la normativa de
transporte turístico y pone en riesgo el sello de seguridad del destino.
4. Dirección Desconcentrada de Cultura del Callao - DDC Callao: Son los custodios de la integridad de los bienes integrales del Patrimonio Cultural por su omisión en cuanto a la autorización de uso, falta de control de contaminación visual y falta de supervisión del guión historico.
VII. Conclusiones y Recomendaciones: Propuestas para una
Reingeniería del Tour.
Desde una postura crítica pero propositiva, planteo a la Municipalidad
Provincial del Callao y al MINCETUR las siguientes acciones
inmediatas:
1.
Suspensión Inmediata: No se deben operar buses de dos pisos hasta que exista un
ordenamiento del cableado y poda de gálibo certificado.
2. Auditoría de Rutas y Gálibo:
Suspender el uso de buses de dos pisos en calles estrechas y con obstáculos
aéreos hasta que se certifique una poda de gálibo y un ordenamiento del
cableado. La vida de las personas es la prioridad absoluta.
3. Profesionalización del Cuerpo de Guías:
Contratar exclusivamente a licenciados en turismo colegiados y especialistas
que aseguren el rigor histórico y académico (Art. 3, Inc. 4, Ley 28529). El
Callao posee cuadros profesionales altamente capacitados que deben liderar
estas rutas.
4. Plan de Interpretación Patrimonial:
Sustituir los recursos precarios (maquetas de cartón) por una señalética
interpretativa moderna (paneles exteriores, códigos QR, folletería técnica) que
aborde el conjunto arquitectónico integralmente y no solo el interior de los
templos.
5.
Gestión de Flujos y Aforos:
Coordinar con los párrocos para establecer horarios que no interfieran con el
culto religioso, respetando la identidad y la paz del vecino chalaco.
6. Visión de Identidad: El
patrimonio debe verse como el eje de nuestra identidad puerto. El tour debe
fortalecer el sentido de pertenencia, denunciando el estado de riesgo de los
monumentos para generar una conciencia ciudadana de preservación.
7.
Transparencia: Informe detallado sobre la inversión de los 4 millones de soles
en señalética y seguridad que hoy brillan por su ausencia.
VIII. Fuentes Normativas y Bibliográficas
●
Reglamento Nacional de Administración de Transporte (D.S.
017-2009-MTC).
●
Reglamento del Servicio de Transporte Turístico (D.S.
026-2017-MTC).
●
Reglamento Nacional de Vehículos - Gálibo (D.S. 058-2003-MTC).
●
Ley del Guía de Turismo (Ley Nº 28529).
●
Ley General de Turismo (Ley Nº 29408).
●
Resolución Ministerial N° 262-2025-MINCETUR (Transferencia
Financiera).
●
Acuerdo de Concejo N° 057-2025 AC/MPC (Actividades Ruta del
Papa).
● Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial (UNESCO, 1972).
Al citar, reconoces el trabajo original, evitas problemas de plagio y permites a tus lectores acceder a las fuentes originales para obtener más información o verificar datos. Asegúrate siempre de dar crédito a los autores y de citar de forma adecuada.
Dávila Herrera, Juan Manuel. (2026, abril21). Dictamen Técnico-Crítico: La "Ruta de León" y la Urgencia de una Gestión Profesional del Patrimonio en el Callao.. Callao Centro Histórico. https://www.callaocentrohistorico.com/2026/04/dictamen-tecnico-critico-la-ruta-de.html
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